
Hasta el 15 de septiembre, Empleo subvenciona la contratación de personal en casos de cuidado de menores de 3 años, embarazo de riesgo o permisos por nacimiento.
La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo tiene abierto, hasta el 15 de septiembre, el plazo de solicitud de las ayudas para conciliar la vida laboral y personal de las personas trabajadoras autónomas. Podrán acogerse a dos líneas de subvenciones pensadas para facilitar la contratación de personal en momentos clave, como el cuidado de hijos menores de tres años o durante los periodos de baja por nacimiento, adopción o embarazo de riesgo. En total, se destinan 500.000 euros a esta convocatoria.
La primera de estas ayudas está dirigida a autónomos con hijos o hijas menores de tres años que necesiten contratar a alguien para que trabaje con ellos en su actividad. La ayuda es de 6.000 euros por cada contratación a jornada completa y durante 12 meses, siempre que la persona contratada esté desempleada e inscrita como demandante en el Servicio Andaluz de Empleo. Si además esa persona es mujer, joven menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33%, o víctima de violencia de género o terrorismo, la ayuda sube hasta los 7.200 euros. En caso de que el contrato sea a tiempo parcial, la cuantía se ajustará de forma proporcional, siendo el mínimo exigido una jornada de 20 horas semanales o su equivalente anual.
La otra línea de ayudas está pensada para autónomos que necesiten cubrir su puesto por situaciones relacionadas con la maternidad o la paternidad, como el riesgo durante el embarazo o el descanso por nacimiento o adopción. En estos casos se subvencionan los contratos de interinidad que se formalicen a jornada completa. Por riesgo en el embarazo, la ayuda es de 3.200 euros durante un máximo de ocho meses. Si se trata de una baja por nacimiento o adopción, se conceden 1.700 euros por un periodo de 16 semanas, que pueden ampliarse hasta 1.900 euros en determinados supuestos, con un máximo de 18 semanas. Como en el caso anterior, las cuantías pueden incrementarse en un 50% si la persona contratada pertenece a colectivos prioritarios (mujeres, jóvenes, personas con discapacidad o víctimas de violencia de género o terrorismo), y también se ajustan si el contrato es a tiempo parcial o de menor duración.
Una novedad importante es que estas ayudas no solo cubren contrataciones futuras: también se pueden solicitar para contratos ya realizados en los últimos 12 meses, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria.
Las solicitudes y la documentación necesaria deberán presentarse única y exclusivamente de forma telemática a través de los modelos normalizados disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a través de las direcciones https://lajunta.es/5rseh y https://lajunta.es/5rsei, o bien a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios (https://lajunta.es/5rsek). Deberán dirigirse a la persona titular de la respectiva Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, atendiendo a la provincia en la que la persona solicitante tenga su domicilio fiscal.
